La Junta de Custodios
La Junta de Servicios Generales
La Junta de Servicios Generales (los custodios) es la principal rama de servicio de la Conferencia y su carácter es esencialmente de custodia…
Con excepción de las decisiones sobre asuntos de política, finanzas o la Tradición de A.A. que puedan afectar seriamente a A.A. en su totalidad, la Junta de Servicios Generales tiene plena libertad de acción en la dirección rutinaria de los asuntos de política o de negocios de los servicios incorporados de A.A.… —Extracto de la Carta Constitutiva de la Conferencia.
Los custodios de Alcohólicos Anónimos se ocupan de todo lo que sucede dentro y fuera de A.A. que pueda afectar la salud y el desarrollo del movimiento. No obstante, según indica la Carta Constitutiva, sus deberes son esencialmente de custodia. Cuando hay necesidad de tomar una decisión sobre la política general del movimiento, los custodios siempre recurren a la Conferencia. Y debido a que los custodios son miembros del pleno de la Conferencia, participan en estas decisiones como miembros individuales de la Conferencia, y no como grupo.
Los custodios realizan gran parte de su trabajo por medio de dos Corporaciones operantes, Servicios Generales de A.A. y Plenitud A.A. (ver Capítulo Decimo), y mediante los Comités de los Custodios.
En el organigrama titulado “La Estructura de la Conferencia de Servicios Generales” (Primer Capítulo) se ve cómo encaja la Junta de Servicios Generales dentro del cuadro global, y que la “autoridad” que los custodios puedan tener la derivan de la Conferencia.
Esta relación fue establecida cuando se creó la estructura de la Conferencia y, a lo largo de los años, los únicos cambios que se ha considerado necesario hacer han tenido que ver con la composición de la Junta de Servicios Generales y no con sus deberes ni responsabilidades.
Los Estatutos de la Junta de Servicios Generales (ver Apéndice E del manual de SG) describen detalladamente todos los aspectos
Para ver el contenido completo lee el capitulo noveno del Manual de Servicio de AA editado por la Central Mexicana de SG de AA, AC. pág. 97 referente al funcionamiento de la junta.
La Junta de Servicios Generales (los custodios) es la principal rama de servicio de la Conferencia y su carácter es esencialmente de custodia…
Con excepción de las decisiones sobre asuntos de política, finanzas o la Tradición de A.A. que puedan afectar seriamente a A.A. en su totalidad, la Junta de Servicios Generales tiene plena libertad de acción en la dirección rutinaria de los asuntos de política o de negocios de los servicios incorporados de A.A.… —Extracto de la Carta Constitutiva de la Conferencia.
Los custodios de Alcohólicos Anónimos se ocupan de todo lo que sucede dentro y fuera de A.A. que pueda afectar la salud y el desarrollo del movimiento. No obstante, según indica la Carta Constitutiva, sus deberes son esencialmente de custodia. Cuando hay necesidad de tomar una decisión sobre la política general del movimiento, los custodios siempre recurren a la Conferencia. Y debido a que los custodios son miembros del pleno de la Conferencia, participan en estas decisiones como miembros individuales de la Conferencia, y no como grupo.
Los custodios realizan gran parte de su trabajo por medio de dos Corporaciones operantes, Servicios Generales de A.A. y Plenitud A.A. (ver Capítulo Decimo), y mediante los Comités de los Custodios.
En el organigrama titulado “La Estructura de la Conferencia de Servicios Generales” (Primer Capítulo) se ve cómo encaja la Junta de Servicios Generales dentro del cuadro global, y que la “autoridad” que los custodios puedan tener la derivan de la Conferencia.
Esta relación fue establecida cuando se creó la estructura de la Conferencia y, a lo largo de los años, los únicos cambios que se ha considerado necesario hacer han tenido que ver con la composición de la Junta de Servicios Generales y no con sus deberes ni responsabilidades.
Los Estatutos de la Junta de Servicios Generales (ver Apéndice E del manual de SG) describen detalladamente todos los aspectos
Para ver el contenido completo lee el capitulo noveno del Manual de Servicio de AA editado por la Central Mexicana de SG de AA, AC. pág. 97 referente al funcionamiento de la junta.

Información de A.A. por Teléfono
Teléfono sin costo en toda la República Méxicana: 01 800 2 169 231
En Xalapa, Ver.
Zona Norte: 8-15-20-33
Zona Centro: 8-15-12-50
Todos en Horarios de Oficina
Otras ciudades...
Enlaces de Interés




